Decreto 229/2018 – Régimen de incentivo fiscal para la fabricación nacional de bienes de capital, informática y telecomunicaciones.

HDSEditor03 | 25/04/18 | Sin categorizar

En miras de asignar prioritaria importancia en el proceso de crecimiento productivo de la economía a los sectores alcanzados por la medida, y que la inversión en capital productivo coadyuva a consolidar el desarrollo de la industria local productora de bienes de capital, el Gobierno implementó el Régimen de incentivo fiscal para la fabricación nacional de bienes de capital, informática y telecomunicaciones.

El beneficio consiste en un bono de crédito fiscal transferible, equivalente a un porcentual de las ventas efectuadas, siempre que los bienes se encuentren clasificados dentro del listado definido en el Anexo que acompaña al decreto.
Asimismo, se modifican los Decretos 379/2001, 502/2001 y 594/2004, a los efectos de extender hasta el 31 de diciembre de 2018, inclusive, el plazo de vigencia del Régimen de incentivo fiscal para la fabricación nacional de bienes de capital, informática y telecomunicaciones.
De este modo, se establece como fecha límite de solicitud del bono de crédito fiscal el 31 de marzo de 2019 y se fija un plazo máximo de un año para la emisión de las facturas correspondientes, contado en forma retroactiva al momento de la presentación.
Finalmente, se precisa la fórmula de cálculo aplicable al beneficio, así como sus condiciones y requisitos de acceso como no registrar incumplimientos de las actividades previstas por el artículo 7° del Decreto Nº 379/01 y sus modificatorios, en lo relativo a las condiciones determinadas por la Resolución Nº 117 de fecha 9 de octubre de 2003 de la ex Secretaría De Industria, Comercio y De La Pequeña y Mediana Empresa Del Ex Ministerio De Economía y Producción

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