Modificaciones al Régimen de facilidades de pago de AFIP dispuesto por la Resolución General 4289.

HDSEditor02 | 09/11/18 | Newsletters

Por medio de la Resolución General (AFIP) 4328 la AFIP dispuso ciertas modificaciones al Régimen de facilidades de pago vigente a fin de permitir, entre otras cosas, la incorporación de obligaciones vencidas hasta el 30/09/2018, incluidas las declaraciones juradas de ganancias y bienes personales, entre otros.

Al Régimen de Facilidades de pago en hasta 48 cuotas dispuesto en el mes de agosto 2018 por la Resolución General (AFIP) 4289, ya modificado por la Resolución General (AFIP) 4304, se le incorporan ahora, a través de la Resolución 4328 ciertas modificaciones tendientes a extender el universo de obligaciones susceptibles de ser regularizadas mediante el mismo.

Destacamos puntualmente que, a partir del 01 de noviembre de 2018:

– Se podrán incluir las obligaciones vencidas hasta el 30/09/2018;

– Quedan incluidas las obligaciones correspondientes al impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales de las personas humanas correspondientes al período fiscal 2017, como así también las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias de otro tipo de sujetos vencidas hasta el 30/09/2018;

– Podrán reformularse los siguientes planes de facilidades de pago consolidados hasta el 31/10/2018:
a) Plan de facilidades de pago permanente -RG (AFIP) 4268-.
b) Saldo de las declaraciones juradas de ganancias y bienes personales -RG (AFIP) 4057-.
c) Plan de facilidades de pago permanente para sujetos excluidos del monotributo -RG (AFIP) 4166-.

Finalmente, destacamos que se ha extendido hasta el 31/12/2018 el plazo previsto para efectuar el acogimiento a plan.

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