HDSEditor02 | 10/12/18 | Newsletters
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Con el dictado de la Resolución General (AFIP) 4338, se adecúa la norma reglamentaria a lo dispuesto por la Reforma Tributaria introducida por la Ley 27.430.
Con vigencia desde el día de su publicación en el Boletín Oficial el pasado 23 de noviembre de 2018, pero de aplicación para las obligaciones que deban cumplimentarse respecto de los ejercicios fiscales iniciados a partir del 1 de enero de 2018, inclusive, la Resolución General (AFIP) 4338 deja sin efecto la presentación del formulario F. 742 y establece que únicamente será presentado en forma anual el formulario F. 741.