Resolución 21/2018 (UIF) – Establecimiento de lineamientos para la gestión de riesgos de lavado de activos y de financiación del terrorismo

HD&S | 20/03/18 | Newsletters

Norma complementaria de la ley 25.246 – Derogación de la Resolución 229/2011 y Derogación parcial de la Resolución 140/2012 (UIF)

La Resolución 21/2018 modifica la normativa que establece la regulación contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo en el mercado de capitales. Según se expresa en la Resolución, el cambio surge de «la necesidad de adaptarse a las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (“GAFI”)».

La medida destaca que «se pasa de un enfoque formalista a un enfoque basado en riesgos, lo que le permitirá a los sujetos obligados del sector, una vez identificados y evaluados sus riesgos, maximizar sus esfuerzos y asignar sus recursos de manera más eficiente».

A su vez, incluye a entidades que operan en el mercado de capitales, aseguradoras y despachantes de Aduana.

Los clientes se clasificarán en base al riesgo como «bajo», «medio» ó «alto» y tendrán que cumplir con distintos requisitos de Debida Diligencia, siendo que la identificación y verificación de los usuarios no necesariamente será efectuada por los sujetos obligados, sino que podrá tercerizarse y sus resultados pueden ser compartidos con otros sujetos obligados, si el cliente quiere abrir una nueva cuenta.

En lo que respecta a los agentes del mercado de capitales, se deberán realizar autoevaluaciones anuales de para determinar el nivel de riesgos, tanto de sus clientes como de sus productos, canales de distribución y zonas geográficas. En este caso existe una excepción para los agentes de negociación, los cuales podrán realizar la autoevaluación cada 2 años, dependiendo de su estructura y operatoria.

Igualmente, las entidades financieras que califiquen como sujetos obligados deberán designar un oficial de cumplimiento, que también va a actuar como nexo con la UIF. De esta manera, se podrán garantizar los controles internos y que los mismos cumplan los propósitos de prevención de lavado y financiación de terrorismo, siendo que estos cambios persiguen el objetivo de «adaptarse a las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional».

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