Resolución General 4145-E/2017 – Administración Federal de Ingresos Públicos

HD&S | 17/12/17 | Newsletters

La Resolución General 4145-E/2017 (la “Resolución”) modifica las sumas de las operaciones alcanzadas por el régimen informativo, establecido por la Resolución General Nº 3349/2012 de AFIP, al cual se hallan sujetas las empresas que prestan servicios de suministro de energía eléctrica, de provisión de agua, gas, telefonía fija y/o telefonía móvil (celular).

En tal sentido, la obligación de informar alcanzará únicamente a las operaciones que en cada mes calendario sean iguales o superiores a cuatro mil pesos ($4.000) o su equivalente cuando el período de facturación sea diferente al mensual. Asimismo, estarán obligados a informar a todos los contribuyentes que, al cierre del período mensual informado, revistan el carácter de sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, independientemente del monto de la operación.
Asimismo, la Resolución modifica el régimen informativo respecto de las expensas, contribuciones para gastos y demás conceptos análogos soportados por los propietarios de inmuebles sitos urbanizaciones o complejos urbanísticos privados, consorcios de propiedad horizontal o inmuebles afectados al régimen de prehorizontalidad, determinando que la obligación de informar se originará, para los “Countries”, clubes de campo, clubes o barrios de chacras, barrios cerrados, barrios privados, barrios náuticos, demás complejos urbanísticos privados y para los edificios de propiedad horizontal u otros inmuebles afectados al régimen de propiedad horizontal o de prehorizontalidad, cuando los gastos resultaren mayores o iguales a pesos ocho mil ($8.000) en el mes calendario.

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