Resolución (MPYT) 256/2019 – Se modifican las Normas Generales del Sistema de Sociedades de Garantías Reciprocas.

HDSEditor02 | 18/07/19 | Newsletters

Se establecen adecuaciones a las Normas Generales del Sistema de Sociedades de Garantías Recíprocas aprobadas mediante Res. N° 455/2018 (SEPyME).

Con fecha 04 de junio de 2019 entró en vigencia la Resolución 256/2019 del Ministerio de Producción y Trabajo, Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa, que actualiza el Anexo que había sido dictado por la Resolución 455/2018.

La nueva normativa (que ya había sido actualizada por la Resolución PYME 160/2018) tiene la finalidad de mejorar el procedimiento que regla a las Sociedades de Garantía Recíproca (en adelante “SGR”) y lograr un incremento sustancial en la cantidad de garantías otorgadas, en los montos totales de operaciones garantizadas y en la cantidad de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) beneficiadas por el sistema.

Las modificaciones refieren al funcionamiento, fondos, beneficios impositivos e inversiones de las SGR.

Respecto a los beneficios impositivos, los socios protectores gozarán del beneficio por sus aportes al Capital Social y al Fondo de Riesgo de la SGR cuando éstos hayan cumplido con el plazo mínimo de permanencia de dos años contados a partir de la fecha de su efectivizarían, y el Grado de Utilización del Fondo de Riesgo haya alcanzado, como mínimo, un valor promedio del 130 %, en dicho período, el que podrá incrementarse hasta en 1 año adicional conforme el mencionado artículo.

Cuando la utilización de los fondos no alcance el porcentaje señalado, los Socios Protectores deberán reintegrar al balance impositivo, el importe que surja de multiplicar la suma oportunamente deducida, por la diferencia entre uno y el cociente resultante de la división entre el Grado de Utilización del Fondo de Riesgo alcanzado durante el período de permanencia y el Grado de Utilización del Fondo de Riesgo mínimo vigente al momento de la realización de los aportes.

Lo que se busca a través de esta medida, es que contribuya al mejoramiento de las condiciones de acceso al financiamiento de las MiPyMEs que desarrollan actividades en el país.

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