Se elevó el monto a partir del cual las Sociedades Anónimas quedan sujetas a Fiscalización Estatal Permanente por parte de la Inspección General de Justicia.

GM | 17/07/18 | Newsletters

Dicho monto se mantenía incólume desde el año 2006 y la Resolución Nº 529/2018 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación lo elevó de $10.000.000 a $50.000.000.

Con fecha 11 de julio de 2018 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución Nº 529/2018 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por medio de la cual se elevó de pesos diez millones ($10.000.000) a pesos cincuenta millones ($50.000.000), el monto del capital social a partir del cual las sociedades anónimas quedan sujetas a fiscalización estatal permanente, conforme la previsión del inciso 2) del artículo 299 de la Ley General de Sociedades N° 19.550.

La medida se justifica en la devaluación de la moneda, acumulada desde la última actualización de dicho monto (año 2006), lo que se tradujo en un gran número de sociedades sujetas al régimen de fiscalización permanente sin un interés público que lo fundamente.

Cabe aclarar que este importe no constituye un capital mínimo al modo del establecido en el Art. 186 de dicha ley, actualmente de pesos cien mil ($100.000). Por consiguiente, ninguna sociedad anónima está obligada a aumentar su capital al nuevo importe de pesos cincuenta millones ($50.000.000), estuviese o no incluida con anterioridad en cualquiera de los incisos del Art. 299.

Como consecuencia del nuevo importe, puede haber sociedades que, por haber estado encuadradas en el Art. 299 sólo en razón de que el importe de su capital excedía de pesos diez millones) $10.000.000, ahora dejen de estarlo si el mismo no excede de pesos cincuenta millones ($50.000.000).

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