HDSEditor02 | 16/01/26 | Newsletters
RESOLUCIÓN GENERAL 5788/2025 – AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) prorrogó los plazos de adhesión al régimen de facilidades de pago para contribuyentes que regularicen saldos del Impuesto a las Ganancias vinculados al cómputo de quebrantos. Además, extendió el plazo para refinanciar planes vigentes y redujo la tasa de financiación al 1% mensual para presentaciones efectuadas hasta el 30 de noviembre de 2025.
Mediante la Resolución General 5788/2025 (en adelante, la “Resolución”), publicada el 14 de noviembre de 2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero introdujo modificaciones relevantes a los regímenes de facilidades de pago previstos en las Resoluciones Generales 5.684 y 5.742, orientados a la regularización de saldos del Impuesto a las Ganancias y la corrección del cómputo de quebrantos.
El régimen regulado por la RG 5.684 permite la regularización del saldo de declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias correspondientes a períodos fiscales no prescriptos, en los que los contribuyentes hubiesen computado quebrantos en forma incorrecta —ya sea por actualización indebida u otras causas— y hayan rectificado sus presentaciones. También alcanza las declaraciones de ejercicios comerciales cerrados entre diciembre de 2024 y noviembre de 2025 inclusive, en las que se hayan computado quebrantos a valores históricos.
Por su parte, la RG 5.742 establece mecanismos de refinanciación de planes vigentes dentro del mismo régimen, con el fin de facilitar el cumplimiento tributario en un contexto económico complejo.
Atendiendo a criterios de administración tributaria y a la necesidad de otorgar mayor flexibilidad a los contribuyentes, la nueva resolución dispone:
• La extensión del plazo de adhesión al régimen de facilidades de pago previsto en la RG 5.684 hasta el 30 de diciembre de 2025.
• La prórroga del plazo establecido en la RG 5.742 para refinanciar planes comprendidos en esa norma, también hasta el 30 de diciembre de 2025.
• La reducción transitoria de la tasa de interés de financiación, que será del 1% mensual para los planes presentados hasta el 30 de noviembre de 2025, reemplazando la tasa prevista originalmente.
Estas modificaciones se dictan en el marco de las facultades otorgadas a ARCA y forman parte de una política de simplificación de obligaciones y alivio financiero para los contribuyentes, sin desatender las acciones de control fiscal.
Para visualizar dicho reglamento hacer clic.