DECRETO 921/2025 – PODER EJECUTIVO

HDSEditor02 | 25/02/26 | Newsletters

El Poder Ejecutivo dispuso que las obras prioritarias de ampliación del sistema de transporte de energía eléctrica se ejecuten bajo el régimen de concesión de obra pública previsto en la Ley N° 17.520. La medida habilita licitaciones públicas nacionales e internacionales y delega en la Secretaría de Energía la conducción integral del proceso. El Ministerio de Economía actuará como autoridad de aplicación y supervisión de los contratos.

Mediante el Decreto 921/2025 (en adelante, el “Decreto”), el Poder Ejecutivo Nacional estableció que las obras de ampliación del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica declaradas prioritarias serán ejecutadas bajo el régimen de concesión de obra pública previsto en la Ley N° 17.520 y sus modificatorias, a título gratuito y mediante licitación pública nacional e internacional.

La decisión se inscribe en los objetivos de política energética fijados por la Ley N° 24.065, orientados a promover la confiabilidad del sistema, el libre acceso, la no discriminación, la eficiencia en el abastecimiento y, especialmente, la inversión privada en los segmentos de generación, transporte y distribución. Asimismo, el decreto se dicta en el contexto de la emergencia del Sector Energético Nacional, prorrogada hasta el 9 de julio de 2026, que busca atender las necesidades estructurales de inversión bajo jurisdicción federal.

Las obras alcanzadas son aquellas identificadas como prioritarias por el Ministerio de Economía en su Resolución N° 715/2025, entre las que se encuentran los proyectos denominados “AMBA I”, “Línea 500 kV Río Diamante – Charlone – O’Higgins” y “Línea 500 kV Puerto Madryn – Choele Choel – Bahía Blanca”, junto con otras que eventualmente se determinen. El esquema adoptado permite que el concesionario asuma la construcción, operación y mantenimiento de las ampliaciones, actuando como Transportista Independiente bajo supervisión de la transportista correspondiente.

El Decreto delega en la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía facultades amplias para implementar el proceso licitatorio, incluyendo la aprobación de pliegos, la convocatoria, la organización de la comisión evaluadora, la calificación de oferentes, la resolución de impugnaciones, la adjudicación y la suscripción de los contratos. Por su parte, el Ministerio de Economía será la autoridad de aplicación de los contratos celebrados, con funciones de supervisión y control.

El modelo concesional adoptado procura garantizar previsibilidad jurídica y equilibrio económico-financiero para los inversores, facilitando la estructuración de financiamiento privado sin comprometer recursos públicos de manera directa. De este modo, el Gobierno consolida un esquema orientado a la participación del sector privado en infraestructura energética estratégica, reforzando la expansión y modernización del sistema de transporte eléctrico en el marco regulatorio vigente.

 

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