HDSEditor02 | 25/09/26 | Newsletters
RESOLUCIÓN GENERAL 1139/2026 – COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
La Resolución modifica las Normas de la CNV en materia de prevención del lavado de activos, financiación del terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva (PLA/FT/FP), actualizando obligaciones de información, modalidades de pago y requisitos aplicables a los sujetos regulados. Asimismo, incorpora precisiones sobre idoneidad, integridad y solvencia y establece un régimen especial para operaciones vinculadas con el Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias.
La Resolución General CNV N.º 1139/2026 (en adelante, la “Resolución”) modifica el Título XI de las Normas de la Comisión Nacional de Valores, incorporando nuevas definiciones y adecuando el régimen aplicable a la prevención del lavado de activos, la financiación del terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva. Entre otras cuestiones, se incorporan las definiciones de ALyC I AGRO, CSNU, CVU, PEN, PSP y se actualiza la definición de PLA/FT/FP.
La Resolución amplía y precisa las obligaciones de información que deben remitir los sujetos obligados a través de la Autopista de la Información Financiera (AIF), incluyendo información relativa a beneficiarios finales, oficiales de cumplimiento, acuerdos de reciprocidad, manuales de prevención, autoevaluaciones de riesgo, controles internos, tolerancia al riesgo, segmentación y calificación de clientes, monitoreo de la operatoria y condición de personas expuestas políticamente. Se establecen, asimismo, distintos plazos para la actualización de dicha información.
En materia de recepción y entrega de fondos, se eliminan, como regla general, las operaciones en efectivo y se incorporan los cheques electrónicos como medio admitido, con exigencia de trazabilidad. También se regulan las transferencias bancarias y mediante CVU, contemplándose determinadas particularidades para los ALyC I AGRO, los inversores extranjeros y las operaciones vinculadas con proveedores de servicios de pago. Asimismo, se mantienen restricciones respecto de operaciones con inversores provenientes de jurisdicciones no cooperantes o consideradas de alto riesgo por el GAFI.
La Resolución establece además requisitos específicos de idoneidad, integridad y solvencia para quienes pretendan obtener autorización o inscripción como agentes ante la CNV, así como para Mercados, Cámaras Compensadoras y PSAV, con las excepciones previstas. La evaluación alcanza a administradores, directores y personas con funciones directivas y, respecto de los beneficiarios finales, al requisito de integridad. Se contemplan antecedentes profesionales, penales y comerciales, declaraciones vinculadas con PLA/FT/FP y PEP, y la consulta de listas del CSNU y del RePET.
Finalmente, se incorpora un régimen especial para las personas humanas y sucesiones indivisas adheridas al Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias, permitiendo el ingreso de fondos y activos mediante depósitos en efectivo, transferencias de valores negociables y activos virtuales, sujeto al cumplimiento de determinados requisitos. También se habilita a los ALyC a transferir fondos provenientes de ciertas operaciones con valores negociables para la compra de inmuebles financiados mediante créditos hipotecarios UVA. Las nuevas obligaciones de información para los PSAV y determinados sujetos obligados comenzarán a regir el 1 de julio de 2026, mientras que la Resolución entrará en vigencia, con carácter general, al día siguiente de su publicación.