DISPOSICIÓN 2/2026 – DIRECCIÓN NACIONAL DE INSPECCIÓN DE NAVEGACIÓN AÉREA

HDSEditor02 | 30/10/26 | Newsletters

La Disposición N.º 2/2026 aprueba la Edición II de la Parte III de las “Normas y Procedimientos de Telecomunicaciones en Jurisdicción Aeronáutica”, actualizando los procedimientos para la gestión de indicadores de lugar y designadores aeronáuticos en la Argentina. La modificación incorpora los nuevos criterios de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) para la identificación de aeródromos y la asignación de designadores a empresas de transporte aéreo.

La Disposición N.º 2/2026 de la Dirección Nacional de Inspección de Navegación Aérea (en adelante, la “Disposición”) reemplaza la Parte III del documento “Normas y Procedimientos de Telecomunicaciones en Jurisdicción Aeronáutica – Edición 2015”, que regula los indicadores de lugar, los designadores de entidades oficiales y empresas comerciales de transporte aéreo, servicios y abreviaturas de interés aeronáutico.

Entre las principales modificaciones, se incorpora la combinación “SR” como adicional a la combinación “SA”, actualmente utilizada para los indicadores de lugar en la Argentina. Esta ampliación permitirá asignar indicadores de cuatro letras a determinados aeródromos públicos y privados de uso público que no cuentan con servicios de tránsito aéreo (ATS), favoreciendo su identificación e integración en los sistemas aeronáuticos nacionales e internacionales.

Asimismo, se actualiza el procedimiento aplicable a la asignación y gestión de designadores de tres letras y designadores telefónicos para empresas de transporte aéreo, a partir de la implementación por parte de la OACI del sistema denominado 3LTD.

La Disposición también prevé que los listados nacionales de indicadores y designadores sean publicados mediante Circulares de Información Aeronáutica, de manera alineada con la información contenida en los documentos OACI Doc. 7910 “Indicadores de lugar” y Doc. 8585 “Designadores de empresas explotadoras de aeronaves, de entidades oficiales y de servicios aeronáuticos”, cuya actualización se realiza con periodicidad cuatrimestral.

La nueva edición de la Parte III entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial y será incorporada a los mecanismos de difusión y archivo normativo de la Administración Nacional de Aviación Civil.

La medida fue publicada el 19 de junio de 2026.

Para visualizar dicho reglamento hacer clic.

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