HDSEditor02 | 13/07/23 | Newsletters
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El artículo 26 enumera los casos de exención del gravamen impuesto por la ley.
A partir del Decreto 316/2023, publicado en el Boletín Oficial el día 16 de junio del 2023, quedan exentos del gravamen impuesto en la Ley de Impuesto a las Ganancias aquellos sujetos que perciban el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo), con efecto exclusivo para los sujetos cuya remuneración y/o haber bruto no supere la suma equivalente a $880.000 mensuales; suma actualizada para el año fiscal 2023. Cabe aclarar que esto no modifica el mínimo no imponible de Ganancias.
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