Asambleas societarias celebradas a distancia: nuevas disposiciones. Resolución Comisión Nacional de Valores 939/2022

HDSEditor02 | 19/10/22 | Newsletters

La Comisión Nacional de Valores (“CNV”) ha dictado una nueva resolución que efectúa modificaciones y mantiene la vigencia de la Resolución General CNV N° 830/2020.

Por medio de la Resolución General N° 939, publicada en el Boletín Oficial el día 26 de agosto de 2022, la CNV estableció la reglamentación, aplicable a sociedades que se encuentran dentro del régimen de oferta pública, para la celebración de asambleas a distancia. La Resolución incorpora la posibilidad de celebrar asambleas en forma unánime y/o autoconvocada siempre que se cuente con la participación del 100% de los accionistas con derecho a voto y la adopción de todas sus decisiones sea por unanimidad.

También prevé que las disposiciones referidas a las asambleas a distancia y sus procedimientos, resultarán aplicables, en lo pertinente, a las asambleas de tenedores de obligaciones negociables, y se establece la posibilidad de prever en los Reglamentos de Gestión de los Fondos Comunes de Inversión y en los Fideicomisos Financieros, la posibilidad de celebrar asambleas a distancia.

La Resolución regirá desde el 1 de enero de 2023, que a su vez mantiene la habilitación de celebrar asambleas a distancia durante el año, según lo estableció la RG N° 830/2020

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