HDSEditor02 | 10/02/21 | Newsletters
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La Comisión Nacional de Valores propone la creación de un nuevo régimen para productos de inversión colectiva sostenibles y sustentables.
Mediante el dictado de la Resolución General N° 879 (RG 879), de fecha 15 de enero de 2021, la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) resolvió someter al procedimiento de “Elaboración Participativa de Normas” un proyecto de normativa que buscará crear un régimen especial de productos de inversión colectiva sostenibles y sustentables. En líneas generales, este régimen apuntará a desarrollar fondos comunes de inversión abiertos y cerrados, y también fideicomisos financieros que se ajusten a determinadas pautas de inversión.
Con respecto a los fondos comunes de inversión abiertos, se establece que para ser considerado “sostenible” deberán invertir al menos el 75% de su patrimonio en valores negociables con impacto Ambiental, Social y de Gobernanza (ASG), sujeto a las siguientes pautas:
(a) que al menos el 45% esté invertido en: (i) valores negociables listados en segmentos y/o paneles Sociales, Verdes y/o Sustentables; (ii) valores negociables cuyas emisoras se encuentren listadas en paneles de mercados que destaquen las buenas prácticas de gobierno corporativo y/o formen parte de índices de sustentabilidad que contemple las variables ASG, (iii) valores negociables que cuenten con revisión externa de acuerdo con los “Lineamientos para la Emisión de Valores Negociables Sociales, Verdes y Sustentables” contenido en las Normas CNV, y/o (iv) valores fiduciarios de Fideicomisos Financieros Solidarios;
(b) que la inversión en cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión Cerrados, cuyos valores negociables cumplan con los recaudos indicados en (a) (i) y (a) (iii) antes indicados, no exceda del 5% del haber del Fondo; y
(c) Se posibilita la inversión de hasta el 30% del haber del fondo en valores negociables emitidos por fideicomisos financieros destinados al financiamiento de PYMES
Por su parte, los fondos comunes de inversión cerrados y fideicomisos financieros “Sustentables” cuando los fondos obtenidos de la colocación se destinen de manera directa o indirecta al financiamiento o refinanciamiento de proyectos o actividades nuevas o existentes en los términos de lo establecido en los “Lineamientos para la Emisión de Valores Negociables Sociales, Verdes y Sustentables” contenido en las Normas CNV.
En línea con las últimas propuestas lanzadas por la Comisión, resaltamos que la normativa habilitaría la reducción del período de difusión a un (1) día cuando la oferta se encuentre dirigida a inversores calificados. Finalmente, el proyecto establece pautas referidas al contenido del Prospecto o Suplemento de Prospecto, que incluye la obligación de identificar a los revisores externos independientes, descripción de los proyectos y proceso de selección de los activos, entre otros.