Medidas de emergencia tomadas por el BCRA el 1 y 2 de abril.

HD&S | 02/04/20 | Newsletters

Los días 1 y 2 de abril el Banco Central de la República Argentina (BCRA) tomó distintas medidas de emergencia por medio del dictado de las Comunicaciones “A” 6949 y 6950 y la Resolución 117/2020. En tal sentido prorrogó gran parte de las medidas dictadas desde el inicio de la emergencia sanitaria y estableció nuevas precisiones respecto a la asistencia crediticia prestada por entidades financieras.

En particular, el BCRA estableció:

(i) Únicamente respecto al sector no financiero, que los saldos impagos de asistencias crediticias cuyos vencimientos operen a partir de abril, y hasta el 30 de junio inclusive, únicamente podrán devengar intereses compensatorios (de acuerdo a lo pactado), y no así intereses punitorios. Asimismo, los saldos impagos de las financiaciones, excluidas las tarjetas de crédito, que operen en el periodo citado, se incorporarán como una cuota en el mes siguiente al final de la vida del crédito. Respecto a financiaciones con tarjeta de crédito, los vencimientos de resúmenes de cuenta que se produzcan entre el 1 y el 12 de abril de 2020 podrán ser cancelados por los clientes el día 13 de abril por el mismo importe del resumen y sin ningún recargo. Asimismo, se resolvió reducir la Tasa Nominal Anual (TNA) para intereses compensatorios en el marco de financiaciones con tarjeta de crédito (fijada anteriormente en 55%) a 49%.

(ii) Que las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) que incumplan con la exigencia para la constitución del fondo de riesgo, o con el límite sobre el total de garantías a otorgar a cada cliente (contenidas en las Normas sobre SGR -art. 80 de la Ley 24.467), no serán por el momento excluidas del Registro habilitado en la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (SEFyC) en la medida que no excedan los límites dispuestos al respecto por la Secretaría de Emprendedores y PyMEs.

(iii) Prorrogar hasta el 12 de abril de 2020 las medidas de prevención adoptadas en un primer momento ante el avance del COVID-19, que establecen que las sucursales deberán permanecer cerradas y no podrán atender al público, debiendo prestar servicios de forma remota y debiendo asegurar la provisión de fondos en los cajeros automáticos de forma de no afectar la operatoria de extracción de efectivo. Se exceptúa únicamente, y a partir del viernes 3 de abril, el servicio de atención al público para aquellas personas que perciban jubilaciones y pensiones y/o sean beneficiarios de planes y programas de ayuda. Al respecto, el BCRA dispuso que dicha atención debe sujetarse a un estricto cumplimiento de las normas sanitarias para preservar la salud de los clientes y trabajadores bancarios, garantizando la provisión a estos últimos de todo elemento sanitario y de limpieza para poder desarrollar su tarea y el cumplimiento de las distancias interpersonales de seguridad estipuladas por la autoridad sanitaria.

(iv) Mientras el Poder Ejecutivo Nacional mantenga la suspensión del cierre de las cuentas corrientes e inhabilitación de cuentacorrentistas dispuesto por el Decreto 312/2020 con fecha 24 de marzo pasado: (a) ampliar en treinta (30) días adicionales el plazo para la presentación de los cheques comunes o de pago diferido que finalice durante la vigencia de dicha medida del Poder Ejecutivo Nacional, hayan sido librados en la República Argentina o en el exterior; (b) admitir (salvo con respeto a los cheques electrónicos) una segunda presentación para los cheques rechazados por causal “Sin fondos suficientes disponibles en cuenta” y (iii). Determinar que las entidades financieras no podrán aplicar comisiones a sus clientes relacionadas con el rechazo de cheques.

(v) Prorrogar, hasta el 12 de abril de 2020 la suspensión de las actuaciones sumariales cambiarias y financieras, sin perjuicio
de la validez de los actos procesales que se cumplan en dicho período por no ser necesaria en ellos la intervención de los encausados.

(vi) Facultar la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias para decidir qué casos necesitan resolverse con urgencia y encargar las actuaciones correspondientes en estas fechas.

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