HDSEditor02 | 17/09/19 | Newsletters
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El Gobierno nacional decidió poner un tope de U$S 500 para la denominada “tasa de estadística” cuando se importen bienes de capital para proyectos de desarrollo de energías renovables.
El pasado 03 de mayo, a través del Decreto N° 332, se estableció hasta el 31 de diciembre de 2019 un incremento en la alícuota de la tasa de estadística, llevándola al un 2,5%.
Ahora bien, mediante el Decreto 548/2019 publicado en el Boletín Oficial el pasado 08 de agosto de 2019, se decidió que, cuando se trate de bienes de capital que se importen exclusivamente para ser utilizados en la construcción de proyectos de generación de energía eléctrica de fuente renovable, el monto máximo a abonar no podrá superar los U$S 500.