HD&S | 19/02/18 | Newsletters
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Mediante la norma en cuestión, la Oficina de Contrataciones (O.N.C.) dispuso modificar las Disposiciones 62-E/2016, 63-E/2016 y 64-E/2016, relativas al Pliego Único de Bases y Condiciones Generales del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, con el objeto de incorporar al cuerpo normativo vigente los requisitos y condiciones para que puedan presentarse a ofertar las personas agrupadas que asuman el compromiso de constituirse legalmente en una Unión Transitoria (UT) en caso de resultar adjudicatarias.
De esta manera, se establece que los organismos contratantes obtendrán la información vinculada al cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones tributarias y previsionales de los proveedores solicitándola directamente a la Administración Federal de Ingresos Públicos, eliminando la obligación de la tramitación por parte de los administrados y suprimiendo la obligación del oferente de acompañar el Certificado Fiscal para Contratar o bien la nota presentada ante la mentada Administración Federal solicitando el mismo.
Por último, se reglamenta lo concerniente al domicilio especial electrónico y se dilucida en qué domicilios resultan válidas las comunicaciones y notificaciones de las distintas etapas de los procesos.