HDSEditor02 | 24/09/25 | Newsletters
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El Ministerio de Economía, a través de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, dispuso la creación de la Ventanilla Federal Única de Reclamos de Defensa del Consumidor como único canal formal para la recepción de reclamos en todo el país.
La Ley 24.240 de Defensa del Consumidor faculta a la autoridad nacional a dictar políticas en materia de protección de los consumidores. En ese marco, desde 2019 funcionaba la Ventanilla Única Federal, cuya operatividad fue ratificada en 2021. Sin embargo, la experiencia acumulada y el volumen creciente de reclamos motivaron una actualización y simplificación del régimen, derogándose la Resolución 274/2021.
Principales aspectos de la Disposición 890/2025
• Creación formal de la Ventanilla Federal Única de Reclamos, en el ámbito de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo.
• Funciones específicas:
> Recepción, análisis y derivación de reclamos a las jurisdicciones locales (art. 41, Ley 24.240).
> Implementación de herramientas tecnológicas para asegurar la trazabilidad.
> Registro y procesamiento de información sobre problemáticas recurrentes e infracciones.
> Identificación de reclamos de consumidores vulnerables y turistas, con tratamiento diferenciado.
> Promoción de capacitaciones y asistencia técnica a autoridades locales.
• Acceso irrestricto: las jurisdicciones adheridas podrán consultar toda la información registrada.
• Invitación a provincias: se alienta a las no adheridas a incorporarse al régimen.
• Derogación de la Resolución 274/2021.
Para visualizar dicho reglamento hacer clic.