HDSEditor02 | 27/10/25 | Newsletters
HDSEditor02 | 27/10/25 | Newsletters
El 3 de septiembre de 2025 se publicó en el Boletín Oficial la Disposición 954/2025 (en adelante, la “Disposición”) de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial. La medida actualiza y unifica las reglas aplicables al derecho de arrepentimiento y a la baja de servicios contratados a distancia, derogando las Resoluciones 316/2018 y 424/2020.
La normativa dispone que los proveedores deberán incluir en sus sitios web y plataformas digitales un Botón de Arrepentimiento que permita al consumidor revocar la aceptación del producto o servicio sin registración previa ni trámites adicionales. Del mismo modo, se exige un Botón de Baja de Servicios, disponible en el primer acceso, que facilite la cancelación inmediata de los servicios contratados.
En ambos casos, los proveedores tendrán la obligación de confirmar la solicitud en un plazo de 24 horas, informando un código de gestión y adoptando las medidas necesarias para efectivizar la revocación o la baja. Para la adquisición de entradas a espectáculos, eventos deportivos o servicios turísticos, se prevén modalidades especiales respecto de los plazos y notificaciones previas requeridas.
El derecho de arrepentimiento no será aplicable en la adquisición de productos perecederos, en los casos en que el consumidor ya haya utilizado el producto o servicio, en operaciones con fines de reventa o integración productiva, ni en los supuestos expresamente previstos por el Código Civil y Comercial.
La disposición también refuerza las obligaciones de los servicios de atención al consumidor, estableciendo que deberán garantizar un horario mínimo de atención de al menos ocho horas diarias en días hábiles y publicar en sus plataformas los canales de contacto disponibles, identificando claramente el área responsable.
Las empresas cuentan con un plazo de sesenta días corridos desde la entrada en vigencia de la medida para adecuar sus sistemas y canales digitales. El incumplimiento será sancionado conforme a la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.
Para visualizar dicho reglamento hacer clic.