Inspección General de Justicia – Diversidad de Género en los órganos de administración y fiscalización de sociedades y organizaciones sin fines de lucro.

HDSEditor02 | 10/09/20 | Newsletters

La Inspección General de Justicia introdujo nuevas reformas a la Resolución General IGJ N°34/2020, por medio de la cual se fijaron pautas de género para la conformación de los órganos de administración y fiscalización de ciertas entidades sujetas a su control.

 

Mediante la Resolución General N°35/2020 (“RG 35”) de la Inspección General de Justicia (“IGJ”), publicada el día 13 de agosto de 2020 en el Boletín Oficial, se modificaron los artículos 2° y 9° de la Resolución General IGJ N°34/2020, en el sentido de que las asociaciones civiles, las simples asociaciones, las sociedades anónimas comprendidas en el artículo 299 de la Ley N°19.550, excepto las abarcadas por los incisos 1°, 2° y 7°, las fundaciones con un consejo de administración de integración temporaria y electiva y las Sociedades del Estado (Ley N°20.705), que a la fecha de su entrada en vigencia ya estuviesen inscriptas ante  IGJ, deberán aplicar los nuevos criterios de género respecto a la composición de igual cantidad de miembros femeninos y masculinos en los órganos de administración y­/o fiscalización, a partir de las designaciones de los miembros de los órganos de administración y, en caso de corresponder, de fiscalización, que se realicen con posterioridad a la entrada en vigor de la medida.

 

Al respecto, se dispone que la RG 35 entrará en vigencia a los 60 días de su publicación en el Boletín Oficial, con lo cual la medida será obligatoria a partir del día 5 de octubre de 2020.

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