HDSEditor02 | 09/03/20 | Newsletters
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La Inspección General de Justicia (la “IGJ”) estableció que las sociedades de responsabilidad limitada, sociedades anónimas y sociedades por acciones simplificadas deberán identificar concreta y detalladamente la participación que le corresponde a cada uno de los socios/accionistas de las mismas, al publicar edictos relativos a la constitución de sociedad y a las variaciones del capital social (aumentos o reducciones).
Mediante la Resolución General IGJ N° 03/2020 (la “RG 03/2020”) se estableció que las sociedades de responsabilidad limitada (“SRL”) y las sociedades anónimas (“SA”) deberán, con respecto al capital social inicial fijado en el acto constitutivo o contrato y al aumento o reducción del mismo que se apruebe con posterioridad a la constitución, incluir según el caso la siguiente información en el edicto requerido por la Ley General de Sociedades N° 19.550:
En lo que respecta a las sociedades por acciones simplificadas (“SAS”) deberán, con respecto a su capital social, incluir la siguiente información:
La omisión de las publicaciones conforme lo establecido en la RG 03/2020 obstará a la registración por la IGJ. La citada resolución entró en vigencia el 5 de marzo de 2020.