Mediante la Resolución Nº 557, publicada en el Boletín Oficial en fecha 25 de julio de 2022, la Secretaría de Energía derogó la Resolución Nº 318/2010 de la Secretaría de Energía del ex Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y aprobó un nuevo Reglamento Técnico de Medición de Hidrocarburos el cual tiene como fin optimizar los recursos energéticos y planificar su utilización.
El reglamento en cuestión:
- Contempla y delimita las instalaciones y sistemas de medición necesarios para el control y el seguimiento de la producción, tratamiento, fraccionamiento, transporte y almacenaje de hidrocarburos;
- Readecua la periodicidad y alcance de las auditorías sobre las instalaciones y sistemas de medición con el fin de efectuar un seguimiento diferenciado y acorde para el diseño, la calibración y el mantenimiento adecuado de los sistemas;
- Teniendo en cuenta las nuevas tecnologías y la incorporación de nuevos instrumentos de medición, actualiza los períodos de verificación y de calibración, así como efectúa una revisión de los procedimientos de control existentes;
- Amplía el alcance de la normativa a los sistemas de medición para las actividades de transporte, almacenaje, distribución, importación y exportación de hidrocarburos;
- Introduce el concepto de “homologación” para puntos de medición, lo que implica que el punto se encuentre en correctas condiciones de funcionamiento y cumpla con todos los requerimientos de la Resolución;
- Establece un sistema de transmisión de datos que responde a las estructuras de redes existentes en las empresas y maximiza la seguridad informática.
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