Programa de Apoyo a la Registración (PAR) – Resolución 596/2023 Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

HDSEditor02 | 13/06/23 | Newsletters

Se busca fomentar las oportunidades de empleo para los grupos que enfrentan mayores dificultades de inserción laboral.

Por la Resolución 596/2023 publicada en el Boletín Oficial el 30 de mayo de 2023, se crea el PROGRAMA DE APOYO A LA REGISTRACIÓN (PAR) que contendrá dos componentes:

  1. Componente Registración Laboral: que tiene como objetivo promover la regularización y registración de trabajadores que han sido detectados como no registrados en acciones de fiscalización del Plan Nacional de Regularización del Trabajo (PNRT). Este componente se aplica a empresas de hasta cinco trabajadores y busca fomentar la registración laboral a través de la concesión de un subsidio que respalde la contratación laboral conforme a las disposiciones de la Ley N° 20.744 de Contrato de Trabajo.
  2. Componente Seguro por Desempleo: se ofrece a los trabajadores no registrados que han sido detectados en las acciones de fiscalización del PNRT y que posteriormente sean despedidos por sus empleadores. Para acceder a esta prestación por desempleo, los trabajadores deben presentar ante la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) una copia del acta de inspección o la documentación requerida en la reglamentación, el telegrama Ley Nº 23.789 enviado a su empleador y la constancia de denuncia.

El Componente Registración Laboral del programa está abierto a trabajadores mayores de 18 años que hayan sido encontrados sin registro laboral por las autoridades competentes a nivel nacional, provincial o municipal. Asimismo, las empresas que hayan registrado la relación laboral del trabajador después de un procedimiento de fiscalización y que tengan hasta cinco empleados también pueden participar. Los empleadores pueden adherirse a este componente solo una vez.

Sin embargo, no podrán participar en el Componente Registración Laboral los empleadores que hayan sido sancionados por ocupación de mano de obra infantil, tengan indicios de explotación laboral, estén involucrados en delitos de trata de personas o figuren en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).

Para más información, hacer clic aquí.

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