RESOLUCIÓN 400/2025 – MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

HDSEditor02 | 27/11/25 | Newsletters

La Secretaría de Energía aprobó las nuevas Reglas para la Normalización del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), que entraron en vigencia el 1° de noviembre de 2025. La medida busca reordenar el funcionamiento del mercado, fomentar la competencia y promover inversiones privadas mediante la creación de esquemas de precios y remuneración diferenciados, un marco de libre contratación y servicios de confiabilidad que aseguren estabilidad del sistema.

La Resolución 400/2025 (en adelante, la “Resolución”) del Ministerio de Economía, dictada por la Secretaría de Energía, se enmarca en el proceso de transición regulatoria previsto por el Decreto 450/2025, que estableció un período de 24 meses para reconfigurar gradualmente el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).

El objetivo es avanzar hacia un esquema competitivo, transparente y sustentable que incentive inversiones privadas, promueva la eficiencia económica y asegure la calidad y continuidad del suministro eléctrico.

En línea con los principios de la Ley 24.065, la Resolución procura fortalecer la competencia en generación y demanda, garantizar el acceso no discriminatorio a las redes de transporte y distribución, e incorporar señales económicas que reflejen los costos reales de abastecimiento y generación.

El eje central de la Resolución es la aprobación de las “Reglas para la Normalización del MEM y su Adaptación Progresiva”, que regirán las transacciones económicas a partir del 1° de noviembre de 2025.

Las nuevas reglas estructuran el mercado bajo tres pilares:
1. Reordenamiento de la generación:
Se distingue entre Generación Asignada (bajo contratos vigentes o administración estatal) y Generación al Spot, que participará en un mercado competitivo con precios basados en costos marginales. Asimismo, se define como Generación Nueva aquella con habilitación comercial posterior al 1° de enero de 2025, promoviendo incentivos a la inversión bajo reglas claras.

2. Gestión y precios de energía y potencia:
Se aprueban esquemas de precios diferenciados para la demanda Spot y para contratos a término. El nuevo marco busca sincerar los costos del sistema y fortalecer la sostenibilidad financiera del MEM, reduciendo subsidios y mejorando la asignación de costos entre los agentes.

3. Servicios de confiabilidad y estabilidad del sistema:
Se crean dos mecanismos específicos:
Servicio de Reserva de Confiabilidad Base (SRC Base): dirigido a generación térmica existente, con una remuneración de USD 1.000 por MW-mes disponible.
Servicio de Reserva de Confiabilidad Adicional (SRC Adicional): aplicable a nueva generación térmica, hidráulica o de almacenamiento, con una remuneración de USD 9.000 por MW-mes disponible durante un máximo de diez años.
Estos servicios apuntan a garantizar disponibilidad mínima del parque generador, mitigar riesgos de desabastecimiento y promover inversiones estratégicas en infraestructura energética.

El nuevo esquema del Mercado a Término de Energía y Potencia fomenta la contratación bilateral entre generadores y distribuidores o grandes usuarios, consolidando un modelo de libre contratación.

De manera excepcional, los contratos con vigencia entre noviembre de 2025 y abril de 2026 podrán presentarse hasta cinco días antes del inicio de cada mes, facilitando la adaptación del sector durante la transición.

Asimismo, se elimina la restricción previa que impedía a las distribuidoras contratar en el Mercado a Término de Energías Renovables (MATER), lo que amplía las posibilidades de abastecimiento mediante fuentes limpias y diversificadas.

La Resolución fija como referencia el tipo de cambio del BCRA Comunicación “A” 3500 (Mayorista) y establece metodologías diferenciadas para la conversión de cargos y rentas variables.
Este ajuste busca otorgar previsibilidad y coherencia macroeconómica al sistema de remuneración del MEM, permitiendo una gestión financiera más transparente y estable de los contratos.

La Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. (CAMMESA), en su rol de Organismo Encargado del Despacho (OED), deberá desarrollar los procedimientos técnicos y administrativos necesarios para implementar las nuevas reglas, además de publicar bases de datos actualizadas sobre contratos, unidades generadoras y esquemas de remuneración.

La Subsecretaría de Energía Eléctrica queda facultada para dictar normas reglamentarias y complementarias, garantizando una aplicación progresiva, ordenada y coordinada del nuevo marco normativo.

La Resolución constituye un paso decisivo hacia la modernización y apertura del mercado eléctrico argentino, con una transición regulada que combina incentivos económicos, señales de eficiencia y promoción de inversiones.

El nuevo esquema busca equilibrar la sostenibilidad financiera del sistema con la competitividad del sector privado, fortaleciendo la transparencia, la previsibilidad y la seguridad energética a largo plazo.

Para visualizar dicho reglamento hacer clic.

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