HDSEditor02 | 07/08/18 | Newsletters
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Se dictó la Resolución 455/2018 de la Secretaria de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa mediante la cual se aprueba el nuevo Anexo de “Normas Generales del Sistema de Sociedades de Garantías Recíprocas”.
Mediante la Resolución 455/2018 de la Secretaria de Emprendedores de la Pequeña y Mediana Empresa de fecha del 27 de julio de 2018, se aprobó el Anexo que regula “Normas Generales del Sistema de Sociedades de Garantías Recíprocas”, por el cual se establece, entre otros puntos, que las Sociedades de Garantís Reciprocas (en adelante “SGR”) deberán contar con un mínimo de diez socios partícipes y que todas las presentaciones ante la Autoridad de Aplicación deberán efectuarse a través de la Plataforma de Trámites a Distancia, implementada por el Decreto 1.063/2016, o en su defecto, ante la Mesa de Entradas de la Dirección de Gestión Documental del Ministerio de Producción. También se dispone que todas las SGR deberán constituir y mantener vigente un Domicilio Especial Electrónico y que la totalidad de las notificaciones podrán ser cursadas a través del mismo.
La figura jurídica de las SGR se creó mediante la Ley Nº 24.467 y sus modificaciones, y su objeto principal es el otorgamiento de garantías a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (en adelante “MiPyMEs”), mediante la celebración de contratos regulados en dicha ley.
Asimismo, derivado de la implementación de las modificaciones propuestas, se espera un incremento sustancial en la cantidad de garantías otorgadas, en los montos totales de operaciones garantizadas y en la cantidad de MiPyMEs beneficiadas por el sistema. A su vez, se deroga la Resolución Nº 212 del 28 de noviembre de 2013 de la ex Secretaria de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional del ex Ministerio de Industria y las Disposiciones 34/2016, 64/2017 y 80/2017 Secretaria de Emprendedores de la Pequeña y Mediana Empresa con la finalidad de poder proceder a la actualización de la normativa.