HDSEditor02 | 27/11/25 | Newsletters
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La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) dictó la Resolución 46/2025 (en adelante, la “Resolución”), mediante la cual introduce una importante actualización a las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC).
La Resolución aprueba una enmienda integral a las Partes 1, 91, 121 y 135 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC), alineando la normativa local con las enmiendas 49, 41 y 25 de los Anexos al Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Convenio de Chicago, 1944). La decisión surge como respuesta a observaciones formuladas por la OACI durante las auditorías realizadas en 2022, en las que se recomendó fortalecer la armonización de la reglamentación nacional con los estándares internacionales de seguridad aérea.
Entre los aspectos más relevantes, la Resolución dispone la adopción definitiva de la versión 7.1 del Sistema de Alerta de Tránsito y Advertencia de Colisión (TCAS/ACAS), que reemplaza a la versión 7.0 vigente desde hace más de dos décadas. Esta actualización, exigida por la OACI desde 2014, corrige incompatibilidades entre sistemas antiguos y reduce el riesgo de incidentes de tráfico aéreo. Las empresas que aún no cuenten con esta versión deberán presentar un plan de implementación progresivo dentro de los 60 días hábiles siguientes a la entrada en vigor de la norma, acompañando una evaluación de seguridad operacional. El plazo máximo para completar la adecuación vence el 1° de marzo de 2026.
La medida también establece directrices precisas para la aprobación de la Lista de Equipamiento Mínimo (MEL) de los explotadores aéreos bajo la Parte 135 de las RAAC, conforme al Adjunto C del Anexo 6 del Convenio de Chicago. Las empresas que no cuenten con dicha aprobación dispondrán del mismo plazo, hasta el 1° de marzo de 2026, para cumplir con este requisito. Esta disposición busca garantizar la operatividad segura de las aeronaves y homogeneizar los procedimientos de certificación técnica.
Por otra parte, la ANAC introdujo modificaciones a las reglas de vuelo sobre altamar, el equipamiento para operaciones prolongadas sobre el agua y la cantidad mínima de tripulantes de cabina de pasajeros exigidos para operaciones regulares, en concordancia con los Reglamentos Aeronáuticos Latinoamericanos (LAR). Esta adecuación permitirá evitar exenciones innecesarias a operadores nacionales y promoverá una mayor integración normativa regional, favoreciendo la conectividad y competitividad del sector aerocomercial argentino.
Asimismo, se flexibilizan ciertos requisitos relativos a los ensayos de validación y demostración en vuelo para aeronaves de transporte no regular, con el objetivo de adecuar las exigencias a los niveles de riesgo operativo y no obstaculizar el desarrollo de la actividad aerocomercial.
Con esta reforma, la ANAC consolida un proceso de modernización normativa que busca elevar los estándares de seguridad operacional y cumplimiento regulatorio, en línea con los principios establecidos por el Decreto 599/2024. La será aplicable también a las empresas que se encuentren actualmente en proceso de certificación o que inicien dicho trámite con posterioridad.
Para visualizar dicho reglamento hacer clic.