HD&S | 20/03/18 | Newsletters
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La Resolución 723 de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”), publicada el 15 de febrero de 2018, somete al procedimiento de elaboración participativa de normas un proyecto de reglamentación que busca ampliar los canales de distribución y colocación de las cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión Abiertos con el objeto de fomentar el desarrollo de los Fondos Comunes de Inversión (“FCI”).
El proyecto mencionado incorpora la posibilidad, respecto de los Agentes de Colocación y Distribución Integral (“ACDI”), de ofrecer cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión Abiertos en el ámbito de un mercado autorizado y previo acuerdo marco suscripto entre los órganos del FCI y el mercado respectivo. Asimismo, para los ACDI que a su vez revistan el carácter de Agente de Liquidación y Compensación (ALYC) y que cuenten con membresía en el mercado correspondiente se contempla la posibilidad de participar en la colocación de cuotapartes sin la necesidad de suscripción de convenios particulares con los órganos de cada Fondo cuyas cuotapartes se pretendan colocar.
La Resolución 723 propone habilitar la colocación de cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión Abiertos en el exterior mediante el ingreso de las mismas a plataformas internacionales de custodia de valores negociables, contemplando, a tal efecto, que las Sociedades Gerentes y Depositarias celebren convenios con intermediarios y/o entidades radicadas en el exterior, siempre que éstos se encuentren regulados por la CNV u otros organismos de control y pertenezcan a países incluidos dentro del listado de países cooperadores previsto en el artículo 2° inciso b) del Decreto N° 589/2013, como así también en jurisdicciones que no sean consideradas como no cooperantes, ni de alto riesgo por el Grupo de Acción Financiera Internacional.
También se propone, entre otras cuestiones, modificar el régimen de documentación periódica a presentar ante la CNV, así como el régimen informativo contenido en las Normas CNV (T.O. 2013), a los fines de requerir a las Sociedades Gerentes de FCI la obligación de informar acerca de las cuotapartes suscriptas por parte de los ACDI y por los intermediarios y/o entidades del exterior que actúen como colocadores de las cuotapartes en el extranjero, así como imponer a los ACDI el deber de informar sobre los inversores que suscriban cuotapartes de FCI.