RESOLUCIÓN GENERAL 1086/2025 – COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

HDSEditor02 | 27/10/25 | Newsletters

La Comisión Nacional de Valores (“CNV”) modificó el plazo para el pago de la tasa anual de fiscalización y control correspondiente al año 2025 para los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV).

Mediante la Resolución General N° 1086/2025, la CNV introdujo una modificación al artículo 8° de la Sección IV del Capítulo XV del Título XVIII de las Normas (texto ordenado 2013 y modificatorias), con el objetivo de reordenar el cronograma de cumplimiento de las obligaciones de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (“PSAV”), tanto personas humanas como jurídicas.

El nuevo esquema establece que los PSAV cuya inscripción en el Registro no haya sido cancelada al 15 de octubre de 2025 deberán abonar la tasa de fiscalización y control correspondiente al ejercicio 2025 entre los días 3 y 7 de noviembre del mismo año. Por su parte, los PSAV que se inscriban con posterioridad a esa fecha deberán cumplir con el pago dentro de los cinco días hábiles posteriores a la obtención de su registro.

Esta modificación se enmarca en las facultades conferidas a la CNV por la Ley N° 26.831 de Mercado de Capitales y por los artículos 37 y 38 de la Ley N° 27.739, que incorporó a los PSAV dentro del ámbito regulatorio del organismo. El ajuste busca otorgar previsibilidad y adecuar los plazos de percepción de la tasa anual, considerando los procesos de inscripción y adecuación dispuestos por la Resolución General CNV N° 1058/2025, que reglamentó los parámetros para la prestación de servicios de activos virtuales.

Para visualizar dicho reglamento hacer clic.

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