Resolución General IGJ N° 18/2021 – Limitaciones al funcionamiento de la IGJ durante el mes de Enero

HDSEditor02 | 05/01/22 | Newsletters

Se dispuso el funcionamiento de la IGJ durante el mes de Enero de 2022.

Mediante la Resolución General IGJ N° 18/2021, publicada en el Boletín Oficial el 10 de diciembre de 2021, la Inspección General de Justicia indicó cuál será el funcionamiento que se llevará a cabo en sus oficinas durante el mes de Enero de 2022.

La Resolución estableció que la IGJ trabajará con las siguientes limitaciones:

  • El horario de atención de todas las Mesas de Entradas será de 10 a 13 horas, con turno previo como ocurre habitualmente y para trámites habilitados únicamente.
  • La entrega de Libros Rubricados será de 10 a 13 horas y exclusivamente con turno previo.
  • No se podrán presentar trámites registrales.
  • Se permitirá el retiro de trámites finalizados ya inscriptos.
  • Se dará curso a los trámites habilitados que ingresen a través de la Plataforma de Tramites a Distancia.
  • No se dará curso a contestaciones de vistas, intimaciones y de requerimientos notificados con anterioridad al 31 de diciembre de 2021. Su plazo se tendrá por automáticamente suspendido a partir del 31 de diciembre de 2021 y se reanudará automáticamente el 1 de febrero de 2022.
  • Solo se recibirán los oficios judiciales con carácter de urgente, específicamente dispuesto en el artículo 7 de la Resolución.

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