Resolución MTEySS N° 475/2020 – Prórroga del Acuerdo Marco CGT-UIA y previsiones de la Resolución MTEySS N° 397/2020

HDSEditor02 | 06/07/20 | Newsletters

Se prorrogan los parámetros para la homologación de solicitudes de suspensiones concertadas en los términos del art. 223 bis de la LCT, en concordancia con el Acuerdo Marco arribado entre la CGT y la UIA en fecha 27 de abril de 2020.

El 8 de junio de 2020 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 529/2020 dictada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que amplía por el plazo de 60 días la vigencia de la Resolución MTEySS N° 397/2020 (B.O. 30/04/20) que establecía ciertos parámetros para la homologación de solicitudes de suspensiones concertadas en los términos del art. 223 bis de la LCT, en concordancia con el acuerdo arribado entre la CGT y la UIA en fecha 27 de abril de 2020.

 

El Acuerdo Marco estableció un régimen de suspensiones de hasta 60 días, con efectos a partir del 01 de abril de 2020, y que los empleadores debían abonar, como prestación no remunerativa en compensación, un monto que no podría ser inferior al 75% del salario neto que le hubiera correspondido al trabajador en caso de haber prestado tareas. Asimismo, se estableció que no podían ser incluidos aquellos trabajadores que presten sus tareas desde su lugar de aislamiento, ni los excluidos del deber de asistencia por pertenecer a grupos de riesgo (mayores de 60 años que no sean considerados esenciales o con patologías preexistentes).

 

En esta oportunidad, a través de un nuevo acuerdo conjunto entre la CGT y a UIA, el régimen de suspensiones y las condiciones previstas en el Acuerdo Marco fueron extendidos por 60 días más desde el fin de su vigencia, cubriendo así los meses de junio y julio de 2020.

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