HDSEditor02 | 14/02/19 | Newsletters
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Se aprueban los mecanismos de concurso de precios para la provisión de gas natural por parte de las distribuidoras de gas por redes en el ámbito de las cuencas Neuquina, Golfo San Jorge, Santa Cruz Sur, Tierra del Fuego y Noroeste.
El 11 de febrero de 2019 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 32/2019 de la Secretaría de Gobierno de Energía –dependiente del Ministerio de Hacienda– en la que se aprobó el mecanismo de concurso de precios para la provisión de gas natural en condición firme para el abastecimiento de la demanda de usuarios de servicio completo de las prestadoras de servicio público de distribución de gas por redes que serán llevados a cabo en el ámbito de las cuencas Neuquina, Golfo San Jorge, Santa Cruz Sur, Tierra del Fuego, y de la cuenca Noroeste. Los concursos en las cuencas de la región patagónica serán llevados a cabo el 14 de febrero, mientras que los concursos en la cuenca Noroeste tendrán lugar el 15 de febrero.
Tal como consta en el texto de la Resolución, se trata de un acto administrativo que se enmarca en un proceso tendiente hacia la contratación libre y transparente entre productores de gas natural y licenciatarias del servicio público de distribución de gas por redes, con vistas a consolidar paulatinamente un mercado más maduro y profundo, todo ello en un contexto de estabilidad macroeconómica que brinde las señales adecuadas tanto a la oferta como a la demanda de gas.
La modalidad elegida para el concurso de precios es la de una subasta electrónica, donde las prestatarias del servicio público de distribución de gas natural informan, con anterioridad al comienzo de la ronda de negociación, los volúmenes de gas a solicitar del producto y luego los vendedores realizan ofertas de venta firme. Finalizada la ronda, esas ofertas son ordenadas por precio/tiempo, para luego realizar la adjudicación correspondiente, con el consecuente compromiso de las partes de efectivizar la compraventa de gas natural. Este proceso se articulará a través del Mercado Electrónico de Gas (MEG), una herramienta creada en 2004 y que tiene, entre sus objetivos, garantizar la transparencia y la competitividad en la industria del gas natural.
En vistas de prevenir la manipulación del proceso de adjudicación por parte de los oferentes, la Resolución agrega como requerimiento a los participantes de las subastas la presentación de declaraciones de integridad y no colusión. Esta medida está basada en consideraciones efectuadas por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia en una nota con fecha del 28 de enero de 2019, las cuales están inspiradas, a su vez, en los lineamientos publicados por la OCDE en 2009 para combatir la colusión entre oferentes en licitaciones públicas.
Si bien los concursos de precios en las cuencas patagónicas y en las del Noroeste se realizarán de forma separada, los Anexos que establecen las condiciones de cada uno coinciden en la mayoría de los puntos: duración del concurso, plazo de pago, formalidades de la presentación de ofertas, mecanismos de evaluación y adjudicación, obligaciones de vendedores y compradores, publicidad, jurisdicción, legislación aplicable, prohibición de colusión y limitaciones de responsabilidad del Estado Nacional, la Secretaría de Gobierno de Energía, el ENARGAS y el MEG.