Se reglamentó el reperfilamiento del pago del bono dual – Decreto 141/2020

HDSEditor02 | 09/03/20 | Newsletters

El Gobierno nacional dispuso la postergación del pago de amortización correspondiente a los “Bonos de la Nación Argentina en Moneda Dual Vencimiento 2020”.

Lo hizo a través del Decreto Nº141/2020, publicado en el Boletín Oficial el 12 de febrero de 2020.

Recordamos que, en el marco de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, en el marco de la Emergencia Pública, se faculta al Poder Ejecutivo Nacional a dictar los actos necesarios para asegurar la sostenibilidad de la deuda pública del país.

Esta postergación tendrá lugar hasta el día 30 de septiembre de 2020, a la vez que se interrumpe el devengamiento de los intereses. La misma no interrumpirá el pago de los intereses ya devengados de acuerdo a los términos y condiciones originales.

A su vez, el Decreto establece que la postergación no alcanzará a las tenencias registradas al 20 de diciembre de 2019 que cumplan las siguientes condiciones:

  1. Correspondan a personas humanas y las conserven bajo su titularidad a la fecha de pago;
  2. El valor de la tenencia registrada al 20 de diciembre de 2019 sea inferior o igual a Valor Nominal Original US$ 20.000;
  3. Correspondan, directa o indirectamente a personas humanas que las conserven bajo su titularidad a la fecha de pago y cuya trazabilidad pueda ser verificada por los citados organismos de contralor estatales.

Los “Bonos de la Nación Argentina en Moneda Dual Vencimiento 2020” podrán ser utilizados para futuras suscripciones de títulos denominados en pesos, al valor técnico calculado a la fecha de cada una de las colocaciones que se realicen.

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