Actividades Mineras: nuevo Registro Fiscal – Resolución General 5333 Administración Federal de Ingresos Públicos

HDSEditor02 | 14/04/23 | Newsletters

La AFIP creó un nuevo Registro Fiscal en materia de actividades mineras y determina nuevos regímenes de retención e información para el sector minero.

Mediante la Resolución General Nº 5333, publicada en el Boletín Oficial en fecha 14 de marzo de 2023, la AFIP implementó: (i) el “Registro Fiscal de Actividades Mineras”; (ii) un régimen de retención del Impuesto a las Ganancias respecto de pagos realizados a partir del 16 de mayo de 2023; (iii) un régimen de retención de IVA respecto de pagos realizados a partir del 16 de mayo de 2023; (iv) un régimen de información para los titulares de derechos de exploración o cateo otorgados por las autoridades mineras y; (v) un régimen de retención de Impuesto a las Ganancias aplicable a la adquisición de derechos de exploración o cateo a sus titulares.

Aquellos sujetos obligados a inscribirse en dicho Registro serán:

  • quienes desarrollen actividades mineras y realicen operaciones de prospección, exploración, explotación, desarrollo, preparación y extracción de sustancias minerales;
  • proveedores de aquellas empresas mineras que desarrollen las actividades mencionadas en el punto anterior;
  • empresas de servicios que estén inscriptas en el “Registro de Beneficiarios de la Ley N° 24.196”, como prestadores de servicios para productores mineros;
  • productores mineros que presten servicios a terceros utilizando bienes de capital destinados a su propia actividad minera;
  • proveedores de empresas que realicen la provisión de gerenciamiento de proyectos para el sector minero y;
  • titulares de permisos exclusivos para explorar o catear un área determinada, otorgados por la autoridad minera.

Dicha inscripción se deberá hacer hasta el 10 de mayo de 2023, inclusive, a través del sitio web oficial de la AFIP, ingresando a la sección “Sistema Registral”. Tal inscripción será un requisito esencial para poder tramitar ante esta AFIP los beneficios impositivos establecidos en la Ley de Inversiones Mineras (Nº 24.196).

Las disposiciones establecidas por esta Resolución General entraron en vigencia el día 3 de abril de 2023, y reemplazan a las Resoluciones Generales N° 3692 y 4442.

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