HDSEditor02 | 16/01/20 | Newsletters
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La Secretaría de Emprendedores de la Pequeña y Mediana Empresa actualiza los límites de ventas anuales para la determinación de la condición de MiPyMES.
El día 10 de diciembre de 2019 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 563/2019 de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa, por medio de la cual se actualizan los límites de ventas anuales para la determinación de la condición de PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.
Esta resolución modifica la Resolución N° 220 de fecha 12 de abril de 2019 de la misma Secretaría, la cual creó el “Registro de Empresas MiPyMES”, la cual establecía que una vez analizada la información y verificado el cumplimiento de determinados requisitos, se emitirá el “Certificado MiPyME”, quedando así la empresa inscripta en el “Registro de Empresas MiPyMES”; pero la definición de la condición de Micro, Pequeña y Mediana Empresa, se otorga en función de las ventas totales anuales y, para ciertas actividades, del valor de los activos o del personal ocupado.
Ahora, con el objetivo de evitar que empresas que incrementaron el monto de facturación en 2019, sólo como efecto del aumento sostenido y generalizado de precios, dejen de ser incluidas dentro del universo MiPyME o queden encuadrados en una categoría mayor resulta necesaria efectuar una actualización de los topes MiPyME.
A continuación, detallamos los límites de ventas anuales expresados en pesos para cada sector: