HDSEditor02 | 10/02/21 | Newsletters
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La AFIP extendió a marzo de 2021 la suspensión de la baja de oficio y las bajas automáticas por falta de pago.
Mediante la Resolución General AFIP 4918/2021, publicada en el Boletín Oficial el día 28 de enero de 2021, la AFIP resolvió extender la suspensión de las bajas de oficio, no realizando hasta el 1 de abril de 2021 los controles sistémicos que se aplican habitualmente a tal fin por los ingresos obtenidos hasta el mes de marzo de 2021.
Asimismo, se suspenden transitoriamente las bajas por falta de pago, no computándose los meses de enero a marzo de 2021 como meses a contabilizar para la aplicación de las bajas automáticas del régimen.