Administración Federal de Ingresos Públicos – Resolución General AFIP 5078/2021

HDSEditor02 | 14/10/21 | Newsletters

Se prorrogó al 31 de octubre de 2021 el plazo para que los titulares de billeteras electrónicas se inscriban en el “Registro De Beneficios Fiscales En El Impuesto Sobre Los Créditos Y Débitos En Cuentas Bancarias Y Otras Operatorias”

A través de la Resolución General AFIP 5078/2021, publicada en el Boletín Oficial el 29 de septiembre de 2021, la AFIP dispuso extender hasta el 31 de octubre de 2021 el plazo para que los sujetos titulares de las billeteras electrónicas realicen una nueva inscripción en el “Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias”, a fin de equiparar el tratamiento impositivo de las billeteras electrónicas a las cuentas que son abiertas en entidades financieras.

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