HDSEditor02 | 24/09/25 | Newsletters
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El Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto 563/2025 (el “Decreto”), mediante el cual se establece en cero por ciento (0 %) la alícuota del Derecho de Exportación para las mercaderías comprendidas en posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.), detalladas en el anexo del decreto.
La medida se fundamenta en las facultades conferidas al Poder Ejecutivo por el artículo 755 del Código Aduanero, y se orienta a cumplir con objetivos expresamente previstos en dicha norma, entre ellos, asegurar el máximo valor agregado en el país, promover y proteger actividades productivas nacionales, y garantizar un adecuado ingreso para el trabajo nacional.
En este contexto, el Gobierno Nacional busca estimular la competitividad del sector minero, especialmente en ramas como minería no metalífera, metalífera, rocas de aplicación, combustibles, piedras preciosas y semipreciosas. El Decreto se enmarca en una política más amplia de simplificación administrativa, reducción de la carga impositiva y fomento de las exportaciones, con el fin de impulsar la inversión, generar empleo y fortalecer la balanza de divisas, sin comprometer la estabilidad fiscal.
La importancia de este sector se destaca en las consideraciones del Decreto: actualmente constituye el quinto complejo exportador del país, representa el 80 % de la canasta exportadora de provincias como Jujuy, Santa Cruz, San Juan y Catamarca, y posee un alto potencial de crecimiento en el marco de la transición energética global, en la que aumenta la demanda de minerales estratégicos.
Adicionalmente, el Decreto deroga el Decreto 308/2022, que había creado el “Registro Optativo de Exportaciones de Cobre”. Dado que dicho régimen nunca resultó operativo ni tuvo beneficiarios, se consideró oportuno suprimirlo sin afectar derechos adquiridos ni expectativas legítimas de los administrados.
La norma ya se encuentra en vigencia y fue comunicada a la Comisión Bicameral Permanente del Honorable Congreso de la Nación, conforme lo establece la Ley 26.122 en materia de control parlamentario de decretos delegados.
Para visualizar dicho reglamento hacer clic.