Decreto 59/2019 – Se modifican los montos máximos deducibles en el marco de la Ley de Impuesto a las Ganancias

HDSEditor02 | 12/02/19 | Newsletters

El Poder Ejecutivo Nacional modifica los montos máximos deducibles para las ganancias derivadas de seguros para casos de muerte, seguros mixtos y aportes correspondientes a los planes de seguro de retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

El 21 de enero de 2019, fue publicado el Decreto 59/2019, a través del cual se modificó el monto máximo a deducir en los próximos tres periodos fiscales por los conceptos seguros para casos de muerte y seguros mixtos y aportes correspondientes a los planes de seguro de retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la SSN –del Impuesto a las Ganancias–.  De este modo, se estableció para el periodo fiscal 2019 un monto máximo de $12.000, para 2020 de $18.000 y para 2021 de $ 24.000.

La actualización de estos montos se fundamenta en la idea de que el incentivo de la contratación de seguros de vida y retiro fomenta el ahorro nacional y tiene como consecuencia el crecimiento a largo plazo del mercado de capitales y una mayor inversión en la economía real.

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