HDSEditor02 | 12/11/24 | Newsletters
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El Decreto 779/2024, en vigencia desde el 3 de septiembre de 2024, introduce cambios en el Régimen de Importación Temporaria eliminando el requisito de que las mercancías tengan el mismo origen lo que permite diversificar proveedores y establece un plazo de 360 días desde la exportación para completar las importaciones bajo este régimen designando a la Subsecretaría de Comercio Exterior como autoridad para las autorizaciones necesarias En cuanto al Impuesto PAÍS, la AFIP podrá cobrar el 100% del impuesto en la importación definitiva de bienes previamente importados temporalmente.
Se han realizado modificaciones significativas en el Régimen de Importación Temporaria de mercancías y en el sistema de pago a cuenta del Impuesto PAÍS, según lo establecido en el Decreto N° 779/2024, que entró en vigencia el 3 de septiembre de 2024. Este Decreto introduce cambios importantes al Régimen para la importación de mercaderías destinadas a la reposición, que se encuentra regulado por el Decreto N° 1330/2004.
Cambios en el Régimen de Importación Temporaria. Uno de los aspectos más destacados de esta nueva normativa es la eliminación del requisito que exigía que las mercancías provinieran del mismo origen para poder beneficiarse de la importación destinada a la reposición de existencias. Esto simplifica el proceso y abre la posibilidad de diversificar las fuentes de aprovisionamiento, lo que puede resultar beneficioso para los importadores al facilitar la obtención de productos y mejorar la competitividad en el mercado.
Adicionalmente, el Decreto establece un nuevo plazo para realizar las importaciones bajo este régimen, fijando un término de 360 días que comienza a contar desde la fecha de registro de la solicitud de destinación definitiva de exportación para consumo. Este cambio permite a los importadores una mayor flexibilidad y tiempo para llevar a cabo sus operaciones, lo que puede ser especialmente útil en un entorno económico que a menudo presenta incertidumbres.
Por otro lado, se designa a la Subsecretaría de Comercio Exterior, perteneciente al Ministerio de Economía, como la autoridad competente encargada de emitir las autorizaciones necesarias para la importación de mercancías bajo el beneficio de reposición de stock. Este cambio tiene como objetivo centralizar y agilizar el proceso de autorización, asegurando una gestión más eficiente de las solicitudes de importación.
Es importante mencionar que todas estas medidas comenzarán a aplicarse una vez que la Autoridad de Aplicación publique la normativa complementaria correspondiente, que definirá los detalles operativos de estas nuevas disposiciones.
Modificaciones en el Sistema de Pago a Cuenta del Impuesto PAÍS. Además de las reformas en el régimen de importación, el Decreto 779/2024 también contempla cambios en el tratamiento del Impuesto PAÍS. En situaciones específicas de importación para consumo de mercancías que anteriormente fueron importadas bajo una destinación suspensiva de importación temporaria, se establece que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) podrá cobrar el 100% del Impuesto PAÍS en el momento de registrar la solicitud de destinación definitiva de importación para consumo. Este mecanismo busca optimizar la recaudación y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes.
Para leer el reglamento hacer click.