HDSEditor02 | 10/10/19 | Newsletters
HDSEditor02 | 10/10/19 | Newsletters
Se establece que el pago de los estímulos a la exportación previstos en el Código Aduanero y sus modificaciones estará sujeto a que los exportadores hayan previamente ingresado al país y/o negociado en el mercado de cambios las divisas provenientes de sus ventas al exterior.
En el marco de los controles al mercado de cambios, el PEN publicó en el Boletín Oficial el Decreto Nº 661/2019 el día 23 de septiembre de 2019, modificatorio del Decreto Nº 609/2019, por medio del cual se estableció que, hasta el 31 de diciembre de 2019, el contravalor de la exportación de bienes y servicios deberá ingresarse al país en divisas y/o negociarse en el mercado de cambios en las condiciones y plazos que establezca el Banco Central de la República Argentina.
En este contexto, el nuevo Decreto establece, como condición para el pago de los estímulos a la exportación, que se haya cumplido con el respectivo ingreso de divisas y/o su negociación en el mercado de cambios de acuerdo con la normativa vigente.