Inversiones en Construcción y Blanqueo – AFIP reglamenta el nuevo régimen.

HDSEditor02 | 13/05/21 | Newsletters

La AFIP dispuso implementar el Registro de Proyectos Inmobiliarios y reguló el Programa de Normalización para Reactivar la Construcción Federal Argentina.

El día 27 de abril de 2021 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General N° 4976/2021 de la Administración Federal de Ingresos Públicos, a través de la cual se implementa el “Registro de proyectos inmobiliarios (REPI)” y se reglamenta el programa de normalización para reactivar la construcción Federal Argentina.

La Resolución crea el  “REPI” por medio del cual, quienes asuman el carácter de desarrolladores, constructores o vehículos de inversión de los proyectos inmobiliarios, deberán informar las obras privadas que se hayan iniciado a partir del 12 de marzo de 2021, inclusive o que, a dicha fecha, posean un grado de avance inferior al 50% de la finalización de la obra. El sistema generará un “Código de Registro de Proyecto Inmobiliario (COPI)” y emitirá la correspondiente “Constancia de Registración de Proyecto”.

Por otro lado, respecto al Blanqueo de moneda nacional o extranjera, la Resolución dispone los requisitos y condiciones para la adhesión al sistema voluntario de declaración de tenencia de moneda nacional y extranjera, y para la determinación e ingreso del impuesto especial, por parte de los sujetos residentes en la República Argentina.

Finalmente, dispone que las tenencias de moneda nacional o extranjera deberán estar depositadas en una “Cuenta especial de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina (CECON.Ar).

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