Nuevo mini plan de facilidades para cancelar el saldo de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales del período 2020

HDSEditor02 | 15/04/21 | Newsletters

Se crea, nuevamente, un nuevo mini plan de un (1) anticipo y tres (3) cuotas para poder cancelar Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales.

Mediante la Resolución General (AFIP) 4959, publicada el día 8 de abril de 2021 en el Boletín Oficial, se dispone que, con carácter de excepción y hasta el 30 de septiembre de 2021, inclusive, las obligaciones del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre los bienes personales de los contribuyentes y/o responsables, se podrán regularizar en los términos de la Resolución General N° 4.057 (y modf.) en hasta tres (3) cuotas, con un (1) pago a cuenta del veinticinco por ciento (25%) y a la tasa de financiamiento prevista en dicha norma, sin considerar la categoría del “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)” en la que dichos sujetos se encuentren incluidos -siempre que se trate de las Categorías A, B, C o D-.

Las adecuaciones previstas en la presente se encontrarán disponibles en el sistema “Mis Facilidades” desde el día 12 de abril de 2021, inclusive.

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