HDSEditor02 | 13/06/23 | Newsletters
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En vistas a la Ley de Impuesto a las Ganancias y la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.
Por medio del Decreto 267/2023 publicado en el Boletín Oficial el día 11 de mayo del 2023, se oficializó el nuevo mínimo no imponible para el Impuesto a las Ganancias al monto de $506.230 mensuales, será de aplicación para las remuneraciones y haberes brutos mensuales devengados a partir del 1 de mayo de 2023.
De esta manera, para los trabajadores cuyos haberes mensuales estén por debajo de esa cifra, no corresponderá retención alguna. Para aquellos sujetos cuya remuneración y/o haber bruto mensual supere los $506.230 y resulte inferior o igual a $583.851, se computará una deducción especial determinada por la Administración Federal de Ingresos Públicos.
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