RESOLUCIÓN GENERAL 5742/2025 – AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO

HDSEditor02 | 24/09/25 | Newsletters

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero dictó la Resolución General 5742/2025 (la “Resolución”), mediante la cual se introducen modificaciones relevantes al régimen de facilidades de pago previsto originalmente en la Resolución General 5684.

El régimen alcanza a los contribuyentes que hubieran computado quebrantos de manera incorrecta y los hayan rectificado, así como a quienes presenten declaraciones juradas –originales o rectificativas– de ejercicios cerrados entre diciembre de 2024 y noviembre de 2025, en las que los quebrantos se computen a valores históricos.

Entre los cambios más destacados, se amplía el alcance del régimen a las multas vinculadas a las obligaciones comprendidas, se reduce el pago a cuenta al 2%, se incrementa la cantidad máxima de cuotas permitidas (hasta 36 en general y hasta 120 para determinados sujetos) y se fija un monto mínimo por cuota de $50.000, o $500.000 en el caso de quienes aplicaron el ajuste por inflación a los quebrantos. Asimismo, se extiende el plazo de adhesión hasta el 31 de octubre de 2025, con la posibilidad de presentar múltiples planes dentro del período habilitado, siempre que cada obligación fiscal sea regularizada una sola vez.

La Resolución también habilita la refinanciación de planes vigentes bajo la Resolución General 5684. Esta opción estará disponible entre el 2 de septiembre y el 31 de octubre de 2025 a través del servicio “Mis Facilidades”, permitiendo extender los plazos hasta un máximo de 120 cuotas, siempre que se cumplan los requisitos de valor mínimo y que las cuotas vencidas se encuentren canceladas.

Las nuevas condiciones del régimen estarán disponibles en el sistema a partir del 12 de agosto de 2025, mientras que la refinanciación podrá solicitarse desde el 2 de septiembre.

Para visualizar dicho reglamento hacer clic.

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