Resolución General (AFIP) 4431 – Se introducen modificaciones en el régimen de facilidades de pago permanente dispuesto por la Resolución General (AFIP) 4268.

HDSEditor02 | 11/03/19 | Newsletters

Por medio de la mentada resolución se amplía en el universo de obligaciones que pueden ser incluidas en el plan permanente, al tiempo que se fija un tope a la tasa de interés aplicable para cierto sector.

Con fecha 28 de febrero de 2019 fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución General (AFIP) 4431 por medio de la cual se introducen modificaciones en el régimen de facilidades de pago permanente dispuesto por la Resolución General (AFIP) 4268.

 

Entre las principales novedades destacamos:

– Se posibilita la inclusión en el plan de pagos de la deuda cuyo vencimiento se produce en el mismo mes del acogimiento;

– El interés de financiamiento para las micro, pequeñas y medianas empresas nunca será mayor a la tasa del 3% efectiva mensual;

– Hasta el 31 de mayo de 2019 se podrán regularizar en hasta 6 planes de facilidades obligaciones por tipo de deuda general y en gestión judicial.

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