Resolución General AFIP 5010/2021 – Impuesto a las Ganancias

HDSEditor02 | 19/07/21 | Newsletters

La AFIP estableció un régimen simplificado de operaciones internacionales y prorrogó los plazos para las presentaciones.

Mediante la Resolución General AFIP 5010/2021, publicada en el Boletín Oficial el día 18 de junio de 2021, se creó el “Régimen Simplificado de Operaciones Internacionales”, en el marco de la Resolución General 4717/2020 (A.F.I.P.), a través de la cual establecieron las formalidades, requisitos y condiciones que deben observar los sujetos alcanzados por el régimen de precios de transferencia y de operaciones internacionales, a los fines de facilitar el cumplimiento de las obligaciones previstas por la mencionada norma por parte de aquellos contribuyentes cuyas operaciones no representan una materialidad ni riesgo significativo para la Administración Federal de Ingresos Públicos y de disminuir los altos costos que dichos sujetos enfrentan.

 

Asimismo, se dispone que quedan excluidos del Régimen: (i) aquellos que formen parte de grupos de empresas multinacionales que deban presentar el “Informe país por país”; y/o (ii) aquellos que se encuentren obligados a presentar el “informe maestro” o que puedan optar por presentar una nota con carácter de declaración jurada conforme lo dispuesto en el art. 45 de la Resolución General 4717.

 

Por ultimo, la Resolución dispone que el Régimen entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y será de aplicación para la presentación de la información correspondiente a los ejercicios fiscales cerrados a partir del 31 de diciembre de 2020, inclusive.

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