Resolución N° 540/2021 – Superintendencia de Seguros de la Nación

HDSEditor02 | 19/07/21 | Newsletters

La SSN extendió los plazos para la presentación de las declaraciones juradas sobre el “Régimen Informativo del Sistema de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo del sector asegurador”.

El día 6 de julio de 2021 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 540/2021 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, a través de la cual se modifica el plazo de presentación de las declaraciones juradas dispuesta por el Artículo 5° de la Resolución SSN Nº 263/2020 sobre el “Régimen Informativo del Sistema de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo del sector asegurador”.

La Resolución dispone que las declaraciones juradas deberán presentarse con una periodicidad semestral, conforme el siguiente cronograma: (i) la información al 31 de diciembre de cada año se presentará entre los días 1 y 15 del mes de febrero de cada año; y (ii) la información al 30 de junio de cada año se presentará entre los días 1 y 15 del mes de agosto de cada año.

La Resolución entró en vigencia el día de su publicación, el 6 de julio de 2021.

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