Se aplicará un IVA de 8% para ventas en plataformas digitales

HDSEditor02 | 07/02/23 | Newsletters

La medida publicada comenzará a regir el 1 de abril de 2023.

La AFIP por medio de la Resolución General 5319/23 estableció un gravamen especial sobre las operaciones efectuadas mediante portales o aplicaciones web. Se trata de una percepción de 8 % de IVA que deberán pagar los comerciantes que realicen ventas a través de plataformas digitales y no estén registrados como Responsables Inscriptos. Esto luego de detectar “nuevas modalidades de evasión”.
Será aplicable a las operaciones de venta de «cosas muebles» nuevas o usadas, locaciones y prestaciones de obras o servicios, realizadas a través de plataformas digitales. La percepción la deberán abonar los comerciantes no registrados como Responsables Inscriptos y que usan plataformas digitales para vender. También están alcanzados quienes no acrediten su exención impositiva o quienes sean monotributistas, pero realicen operaciones en forma habitual, frecuente y reiterada. Es decir, cuando en el transcurso de un mes las operaciones de venta sean iguales o superiores a diez y el monto total sea igual o superior a $200.000.

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